Dejar una vivienda en usufructo a un hijo

Dejar una vivienda en usufructo a un hijo

En la actualidad, tener estudios superiores e incluso un buen trabajo no te garantizan poder adquirir una vivienda. En España los costes para adquirir o arrendar son cada vez son más elevados y esto hace que muchos progenitores se planteen dejar una vivienda en usufructo a un hijo.

La donación con usufructo implica que el propietario dona la propiedad, a su hijo en este caso, pero mantiene el usufructo de manera temporal o hasta su fallecimiento. Es decir, el hijo pasa a ser nudo propietario (solo tiene la propiedad). En cambio, progenitor sigue disfrutando de la vivienda por el tiempo que quiera.

Cuando hay varios herederos, a muchas personas les da tranquilidad saber que sus bienes ya se han repartido y no habrá disputas con la herencia tras su fallecimiento. Otra razón es que, al tener la propiedad, el hijo podría solicitar una hipoteca sobre la vivienda para adquirir otra, como establece el Artículo 107 de la Ley Hipotecaria.

Qué significa ser usufructuario

Ser usufructuario significa tener el derecho de usar y disfrutar de un bien, ya sea una propiedad o un activo, sin ser propietario. Para ser considerado dueño absoluto del bien, una persona debe ser tanto propietaria como usufructuaria.

Ser usufructuario otorga la posibilidad de utilizar, habitar y obtener beneficios del bien, pero no conlleva el poder de venderlo o modificarlo de forma permanente. El usufructuario mantiene una relación restringida con el bien y está sujeto a las condiciones establecidas en el acuerdo o la ley que regula su usufructo.

En otras palabras, el usufructuario tiene el derecho de usar la propiedad e incluso arrendarla si así lo desea. Sin embargo, también tiene responsabilidades, como el mantenimiento y conservación del bien, así como la asunción de los gastos de reparaciones ordinarias y el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). En cambio, el propietario solo se hará cargo de reparaciones extraordinarias y los gastos de la comunidad de propietarios.

Este escenario es común en situaciones de herencias, donde una persona recibe el usufructo de una propiedad mientras otra conserva la propiedad en sí. Pongamos un ejemplo, Rafael e Isabel eran una pareja que residía en Málaga, ambos eran propietarios de un apartamento cerca de la playa. Cuando Isabel falleció, se acordó que la propiedad pasaba a sus hijos, pero Rafael tendría el usufructo de la vivienda hasta su fallecimiento.

De esta manera, el cónyuge puede seguir disfrutando de su vivienda habitual con pleno derecho hasta sus últimos días. Incluso podría alquilarla, si lo prefiere, para cubrir los gastos de una residencia. En cambio los hijos tendrían la nuda propiedad.

El usufructo de una vivienda, especialmente cuando se trata de donaciones, puede establecerse por un tiempo determinado o durante toda la vida de una persona. Esto puede beneficiar a una o varias personas, proporcionando un uso útil y una fuente de ingresos durante el período de usufructo.

¿Se puede cancelar el usufructo?

El usufructo puede extinguirse por diversas razones, entre las que podemos destacar:

  1. Fallecimiento del usufructuario: Al fallecer, el usufructo se extingue de forma automática y el nudo propietario recupera la plena propiedad del bien.
  2. Vencimiento del plazo: Si el usufructo se estableció por un período de tiempo determinado, por ejemplo durante 10 años, el usufructo se extinguirá cuando expire el plazo acordado.
  3. Cumplimiento de la condición: Si el usufructo se estableció bajo alguna condición específica y esa condición se cumple, el usufructo se extinguirá.
  4. Renuncia por parte del usufructuario: En algunos casos, el usufructuario puede renunciar voluntariamente a su derecho de usufructo. Esta renuncia debe ser expresada de manera clara y por vía legal.
  5. Falta de uso, deterioro o abuso del bien: Si el usufructuario no utiliza adecuadamente el bien o lo utiliza de manera destructiva, el nudo propietario o un juez pueden solicitar la extinción del usufructo.

Si quieres dejar una vivienda en usufructo a un hijo, o quizás estás teniendo problemas con un usufructuario, no dudes en contactar con nuestro despacho de abogados. Te podemos atender personalmente en nuestras oficinas de Marbella o Málaga capital.

Jesús Odériz Echevarría

Infórmese sin compromiso

Rellene el formulario y nos pondremos en contacto con usted a la mayor brevedad

Tabla de contenidos