Cómo hacer el testamento para una herencia

Como hacer un testamento

El testamento facilita el reparto de la herencia y evita disputas familiares. Si no sabes cómo hacer el testamento para una herencia ni los pasos a seguir, a continuación te lo explicamos, y si lo deseas puedes contar con nosotros, somos abogados expertos en asuntos de herencia.

Aunque hacer el testamento sea un tema que a la mayoría puede no gustarle pensar en ello, es fundamental tenerlo hecho para evitar futuras discusiones entre familiares, dejando clara la repartición a realizar de los bienes entre los beneficiarios en un futuro.

El testamento recoge nuestras últimas voluntades acerca de la herencia.

¿Cómo hacer el testamento?

Realizar el testamento siempre ha ido ligado a la falsa creencia de que es muy caro o que conlleva mucho ajetreo. Pero en realidad es todo lo contrario; con ayuda de un abogado resulta fácil y sencillo. Además nos proporciona una gran tranquilidad, ya que evitará muchos conflictos cuando hay múltiples herederos.

A continuación, te mostramos los 4 pasos para realizar el testamento:

  1. Lo esencial es acudir a un notario y llevar con nosotros nuestro DNI. Acudir con el DNI es el único requisito indispensable para poder realizar el testamento.
  2. El notario redactará por escrito el testamento dejando claro el lugar, la fecha y hora en el que se realiza.
  3. Luego, se procede a su otorgamiento, sin necesidad de testigos. Sólo hará falta la presencia de testigos en el caso de que el testador sea invidente, si no sabe/puede firmar o no puede leer el testamento.
  4. El testamento es revocable, es decir, puede cambiarse las veces que se desee en cualquier momento en vida.

¿Cuáles son las limitaciones de repartición de bienes por las que se rige todo testamento?

Existen ciertas leyes que condicionan la realización del testamento. Las leyes que se aplican se encuentran establecidas en el Código Civil. Estas limitaciones de repartición son:

  • El primer tercio de la herencia se denomina la «legítima». No tiene libre repartición esta parte en el testamento, ya que esta será repartida de forma equitativa entre los herederos forzosos que acepten recibir la herencia: descendientes, ascendientes y cónyuge.
  • El segundo tercio de la herencia se denomina «de mejora». Esta parte de los bienes se debe otorgar a herederos forzosos exclusivamente. Sin embargo, puede repartirse según el deseo del testador. Esto quiere decir que todo el porcentaje se puede heredar a una sola persona.
  • El último tercio de los bienes es el llamado de «libre disposición». Pueden repartirse según la plena voluntad del testador. Es decir, la puede heredar cualquier individuo u organización en la forma y porcentaje que desee la persona.

Destacar que dependiendo de la Comunidad Autónoma a la que pertenezcamos, puede haber variaciones o modificaciones de estas limitaciones en cuanto al reparto de bienes.

¿Con qué edad se puede hacer el testamento?

En España, la edad mínima para poder otorgar testamento son los 14 años. A excepción de cuando se trate de un testamento ológrafo, que es necesario tener mínimo 18 años.

¿Cuánto cuesta hacer el testamento?

Realizar el testamento en España no es un procedimiento costoso. Es un documento que puede costar entre los 40 y 50 euros. En el caso de que se trate de un documento mucho más largo de lo habitual, ya que haya que describir muchos bienes, la cantidad a pagar puede verse incrementada.

Además, si es un testamento de tipo ológrafo como veremos más adelante, su coste también asciende un poco más, por los procedimientos que conlleva.

¿Qué tipo de testamento hacer?

El más común es el testamento abierto. Éste se realiza ante notario y hacerlo así tiene las siguientes ventajas:

  • Se realiza ante notario y se recoge en escritura pública.
  • Asesoramiento por parte del notario sobre la distribución de los bienes a los herederos.
  • Redacción del contenido del testamento ajustándolo a la legalidad vigente.

En definitiva, realizar el testamento ante notario nos brinda seguridad jurídica y nos evita que cometamos algún error que de problemas posteriormente.

El formato menos común por los riesgos que implica es llamado ológrafo. Aunque se suele ver en las películas, al estar escrito íntegramente del puño y letra del testador, y firmado por él, puede dar lugar a falsificaciones y otra serie de problemas.

Abogados para trámites de testamentos y herencias en España

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    Autor: Odériz Echevarría

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