Tipos de custodia compartida

tipos de custodia compartida

Vamos a repasar los diversos tipos de custodia compartida en España, una opción flexible y adaptable a las necesidades individuales de cada familia. Si te surgen dudas o necesitas un abogado experto en Derecho de Familia, nuestro equipo legal te ayudará.

La custodia compartida en España abarca una amplia gama de posibilidades. Desde la custodia compartida por semanas hasta otras configuraciones más complejas. Si quieres modificar el tipo de custodia, o cualquier otro aspecto del convenio regulador, nosotros te ayudamos.

Nuestro despacho se especializa en el asesoramiento y la defensa en casos de custodia compartida. Disfruta de una atención personalizada y cercana, resolución de dudas, representación legal y un equipo que velará en todo momento por tus derechos e intereses.

Es esencial recordar que, en el ámbito del Derecho de Familia, no existen soluciones universales. Cada familia es única y además sus circunstancias pueden variar con el tiempo. Lo que podría no ser factible en un momento dado, podría ser viable en el futuro, y viceversa.

Nuestro compromiso es acompañarte en cada paso del proceso, brindándote el apoyo necesario para alcanzar la mejor resolución posible para ti y tu familia.

Custodia compartida según el domicilio

Cuando se trata de escoger entre los distintos tipos de custodia compartida, una de las consideraciones importantes es el domicilio en el que vivirán los hijos. Dependiendo de esta elección, los progenitores pueden optar por diferentes modalidades:

  1. Domicilio fijo para los hijos: En esta modalidad, los hijos tienen un domicilio fijo donde residen de manera permanente. En cambio, los padres son quienes cambian de vivienda de manera regular. Esta opción puede ser adecuada en situaciones donde los hijos necesitan mantener la estabilidad de un hogar constante.
  2. Domicilio rotatorio de los hijos: Esta es la modalidad más común de custodia compartida. En este caso, cada progenitor vive de forma independiente en su propio domicilio, y los hijos se trasladan de una vivienda a otra según un calendario previamente establecido. Esta opción permite que los hijos mantengan una relación cercana con ambos padres y que puedan experimentar la vida en ambos hogares.
  3. Coexistente: En esta modalidad, ambos progenitores deciden vivir juntos en el mismo domicilio tras la separación, e incluso después del divorcio. Aunque es menos común, esta opción puede ser beneficiosa en casos donde los padres mantienen una buena relación y desean brindar un ambiente familiar unido a sus hijos.

La elección del tipo de custodia compartida según el domicilio dependerá de las circunstancias particulares de cada familia, así como de las necesidades y preferencias de los hijos. Es importante que los progenitores trabajen juntos para encontrar la mejor solución que promueva el bienestar y la felicidad de sus hijos.

Custodia compartida según el tiempo con cada progenitor

Podemos distinguir entre los distintos tipos de custodia compartida en función del tiempo de permanencia de los hijos con cada progenitor. A menos que se opte por la coexistencia que mencionamos antes, según el criterio de tiempo, se pueden encontrar diferentes opciones.

Mismo tiempo de estancia

En esta modalidad, se establece un periodo diario, semanal o mensual en el que los hijos permanecen con cada progenitor de manera equitativa. Por ejemplo, la custodia compartida por semanas es una opción bastante frecuente en la que los hijos pasan una semana con un progenitor y la siguiente semana con el otro.

En otros casos, dependiendo de la edad de los menores o del estilo de vida de los progenitores cabe plantearse el modelo más prolongado repartiendo por meses, o un modelo más frecuente como los días alternos, donde los hijos pasan un día con un progenitor y luego el siguiente día con el otro progenitor.

Diferente tiempo de estancia

En este caso, uno de los progenitores disfruta de un periodo de estancia mayor que el otro. Aquí es donde entran en juego diferentes modelos, como la custodia compartida 70-30, 60-40 o el modelo 2-2-3.

  • Custodia compartida 70-30: En este modelo, uno de los progenitores tiene a los hijos el 70% del tiempo, mientras que el otro progenitor los tiene el 30% restante.
  • Custodia compartida 60-40: Es una ligera variante del modelo anterior donde se equilibra un poco más el tiempo que se pasa con los hijos. En esta modalidad, la distribución del tiempo es de un 60% para uno de los progenitores y un 40% para el otro.
  • Modelo 2-2-3: Este es un modelo de custodia compartida más detallado en el que los hijos pasan dos días con un progenitor, luego dos días con el otro progenitor, y luego tres días nuevamente con el primer progenitor, rotando de esta manera.

Dudas sobre la custodia compartida

¿Hasta que edad es la custodia compartida?

Una vez que los hijos alcanzan la mayoría de edad, que es a los 18 años, o cuando el juez determina que ya no necesitan las medidas de apoyo establecidas por sus progenitores, cesan las disposiciones relacionadas con la guarda y custodia.
En este punto, los hijos mayores de edad que aún no puedan sostenerse por sí mismos tienen la libertad de elegir con cuál de sus progenitores desean vivir. Sin embargo, las obligaciones económicas, como la pensión de alimentos y la contribución a los gastos de los hijos, persisten hasta que los hijos sean económicamente independientes o se determine que ya no tienen derecho a recibir dichos alimentos.

¿En qué casos se deniega la custodia compartida?

La custodia compartida puede ser denegada debido a una serie de circunstancias, como horarios laborales incompatibles que dificultan el cuidado de los hijos, distancia excesiva entre los domicilios de los padres, edad temprana de los hijos, falta de implicación de uno de los padres en el cuidado de los hijos, necesidades médicas especiales que requieren estabilidad, problemas de adicción o conductas inadecuadas de uno de los padres, y condena por violencia de género. Estas consideraciones pueden influir en la decisión del juez al establecer la custodia compartida.

Jesús Odériz Echevarría

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