Modificación del Convenio Regulador del Divorcio

modificacion del convenio regulador

La modificación del Convenio Regulador es posible cuando la vida trae cambios inesperados. Cada caso es distinto, porque se dan multitud de circunstancias diferentes. Por tanto, nuestro consejo en estos casos es contar con el asesoramiento de un buen abogado experto en Derecho de Familia.

En el complejo viaje de la vida, a veces nos enfrentamos a giros inesperados que nos llevan a replantear nuestros caminos. Imagina a un padre o madre que, después de un divorcio, ha estado cumpliendo fielmente con el acuerdo establecido en el Convenio Regulador, proporcionando el apoyo económico necesario a sus hijos.

Sin embargo, de un momento a otro, se encuentra con una disminución significativa en sus ingresos (un despido, la pérdida de uno de sus trabajos, pérdida de clientes importantes). Este escenario no es infrecuente y plantea la pregunta crucial: ¿cómo puede ese progenitor abordar la modificación del Convenio Regulador para adaptarse a esta nueva realidad? ¿Podría modificar la pensión de alimentos o la compensatoria?.

En este artículo vamos a explorar los aspectos clave de la modificación del Convenio Regulador y cómo puede ser una tabla de salvación en momentos de cambio.

¿Se puede modificar el Convenio Regulador?

La respuesta rápida es si, pero se deben dar determinadas circunstancias. Citamos textualmente el Código Civil español:

Las medidas que el juez adopte en defecto de acuerdo o las convenidas por los cónyuges judicialmente, podrán ser modificadas judicialmente o por nuevo convenio aprobado por el juez, cuando así lo aconsejen las nuevas necesidades de los hijos o el cambio de las circunstancias de los cónyuges.

Asimismo, podrá modificarse el convenio o solicitarse modificación de las medidas sobre los animales de compañía si se hubieran alterado gravemente sus circunstancias.

Las medidas que hubieran sido convenidas ante el letrado de la Administración de Justicia o en escritura pública podrán ser modificadas por un nuevo acuerdo, sujeto a los mismos requisitos exigidos en este Código.

Artículo 90.3 del Código Civil

En otras palabras, si queremos modificar el convenio regulador en caso de divorcio se deben cumplir alguna de estas tres circunstancias:

  1. Cambio en las necesidades de los hijos: El juez o un nuevo convenio aprobado por el juez pueden modificar las medidas si las nuevas necesidades de los hijos lo aconsejan.
  2. Cambio en las circunstancias de los cónyuges: Las medidas pueden ser modificadas judicialmente o mediante un nuevo convenio aprobado por el juez cuando cambian las circunstancias de los cónyuges.
  3. Alteración grave de las circunstancias de los animales de compañía: Si las circunstancias de los animales de compañía han sido alteradas gravemente, también se puede solicitar la modificación del convenio o de las medidas relacionadas con ellos.

¿Cómo se realiza la modificación del convenio regulador?

Para modificar el convenio regulador de un divorcio, existen dos vías disponibles: de mutuo acuerdo o a petición de una de las partes. Vamos a intentar resumirlo para que quede claro.

1. Modificación de mutuo acuerdo:

  • Ambos cónyuges pueden iniciar el proceso de modificación de medidas de mutuo acuerdo o uno de ellos con el consentimiento del otro.
  • Deberán presentar una demanda de modificación de medidas junto con una propuesta de convenio regulador.
  • Este proceso se rige por las reglas aplicables al divorcio de mutuo acuerdo, según el Artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  • En este caso, las partes pueden compartir un único abogado y procurador si así lo desean.

2. Modificación por una de las partes:

  • Una de las partes puede instar el proceso de modificación de medidas sin el consentimiento de la otra.
  • Este procedimiento es de naturaleza contenciosa y se rige por las normas establecidas en el Artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  • Implica la celebración de un juicio en el que el Juez decidirá sobre la modificación.

Es importante señalar que, en ambos casos, se requiere la intervención de abogado y procurador. El tribunal competente para llevar a cabo la modificación del convenio regulador es el mismo que dictó las medidas originales.

Como es natural, el proceso será bien diferente según la vía elegida y la necesidad de acuerdo entre las partes. Nuestra recomendación, sea una u otra vía, es que cada cónyuge cuente con su propio abogado.

¿Cuándo puedo solicitar la modificación de medidas?

Antes de liarte la manta a la cabeza e iniciar un proceso de modificación de medidas, repasa la siguiente lista, si no se cumplen todos los puntos probablemente tu petición no tendrá el resultado que deseas:

  1. Cambios posteriores: Primero y ante todo, los motivos que justifican la modificación del convenio deben haber surgido después de que se aprobara el convenio inicial. Esto significa que las circunstancias actuales deben ser diferentes de las que existían en ese momento.
  2. Cambio objetivo y significativo: El cambio debe ser algo real y sustancial, independiente de la voluntad de la persona que busca la modificación. No se considerarán cambios triviales o subjetivos.
  3. Relación directa: El cambio en las circunstancias debe estar directamente relacionado con la medida específica que se pretende cambiar en el convenio. Debe ser evidente cómo este cambio afecta a esa medida en particular.
  4. Carácter permanente: La nueva situación que motiva la solicitud de modificación debe ser duradera en el tiempo y no temporal. No se considerarán cambios temporales o situaciones temporales.
  5. No previsibilidad: El cambio no debe haber sido previsible en el momento en que se estableció el convenio inicial. Debe ser una situación imprevista que haya surgido después de la aprobación del convenio.
  6. Plazo de seis meses: Es decir, entre la fecha en que se ratificó el convenio regulador y la solicitud de modificación deben haber transcurrido al menos seis meses. Este período se establece para garantizar que los cambios sean verdaderamente significativos y no simples fluctuaciones temporales.

Si necesitas ayuda, contacto con nosotros hoy mismo. Somos expertos en Derecho de Familia, y tenemos amplia experiencia en procesos de separación y divorcio.

Jesús Odériz Echevarría

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