Las mascotas en un divorcio

Las mascotas en un divorcio

Las mascotas en un divorcio juegan un papel importante ya que aproximadamente el 40% de las familias Españolas tienen animales domésticos. A los animales domésticos les afecta el divorcio de sus dueños, ya que a ellos les cambia el estado de ánimo cuando se les saca de su rutina.

¿Qué dice la ley sobre la custodia de mascotas?

Pese a la reforma que se anunciaba hace un par de años, a día de hoy, el artículo 333 del Código Civil sigue diciendo que “Todas las cosas que son o pueden ser objeto de apropiación se consideran como bienes muebles o inmuebles” es decir, que nuestra mascota, tiene la consideración de un bien mueble.

La reforma propone que los animales pasen a ser considerados “Seres vivos dotados de sensibilidad”, ya que para muchas familias son un miembro más y por ello es muy importante siempre llegar a un acuerdo sobre la custodia de ellos.

¿Quién se queda las mascotas en un divorcio?

Se puede dar varios casos para determinar quién se quedará con la custodia de la mascota en un divorcio;

  • Custodia compartida: Lo ideal es que se pueda llegar a un acuerdo amistoso, en caso de que ambos estén interesados en seguir cuidando a su mascota de manera conjunta, de forma que se llegue a la custodia compartida y se establezcan regímenes de visita o por ejemplo que viva una semana con cada uno de ellos y compartirlo durante las fiestas y vacaciones.
  • Uno de los cónyuges era el dueño antes del matrimonio: Esta posibilidad no tiene duda alguna. La custodia del perro seguirá siendo del dueño inicial.
  • Si hay niños de por medio: Por otro lado, cuando hay menores en medio de un divorcio, se suele dar la custodia de la mascota al cónyuge que tenga la custodia de ellos. Aunque no siempre es así, dada la actual regulación legal.

En algunas provincias Españolas ya se dispone de una jurisprudencia de sus Audiencias sobre las mascotas, por otro lado hay otras que se inclinan por la permanencia de la mascota en el hogar que se queden los hijos.

¿Que debe incluir el acuerdo de custodia de las mascotas en un divorcio?

Nuestra recomendación es acudir a un abogado de divorcios con experiencia para la negocios y redacción del acuerdo. Dicho acuerdo sobre la custodia de la mascota debe tener la respuesta a las siguientes preguntas:

1. ¿Con quién convivirá la mascota tras el divorcio?

La decisión más importante es con quién va a vivir vuestra mascota tras la separación, es decir, quién va a tener su custodia y a ocuparse de su cuidado diario y esencial. Como ya mencionado arriba se podrá decidir entre la custodia compartida o custodia única.

2. ¿Tendrá otro cónyuge derecho de visitas? Si es así, ¿Cuáles serán los términos, horario y días de las visitas?

Se trata de decidir si el ex cónyuge que no convive con la mascota habitualmente tendrá derecho de visitarla y pasar tiempo en su compañía.

3. ¿Quién tomará las decisiones importantes sobre el cuidado y salud de la mascota?

Aunque lo lógico es que el que se quede con la custodia sea el que se haga cargo del cuidado diario de la mascota, como asearlo o llevarlo al veterinario, es posible pactar que las decisiones más importantes o de mayor relevancia como las operaciones veterinarias requieran el acuerdo de ambos.

4. ¿Cómo se dividirán los gastos de las mascotas en un divorcio?

Desde los gastos más ordinarios como la alimentación a los más cuantiosos como la castración, las vacunas o las operaciones veterinarias, todo debe quedar plasmado en el acuerdo de custodia si quieres evitarte sorpresas.

5. ¿Podrá un cónyuge llevar a la mascota en viajes fuera del país o requerirá el consentimiento de ambos?

Además de los requisitos ya exigidos por la ley para viajar con perros o gatos, en el convenio podemos pactar que se requiera de autorización del otro para salir con la mascota fuera del país.

¿Qué tiene en cuenta un juez a la hora de decidir la custodia de la mascota en caso de desacuerdo?

Lo primero que se tendrá en cuenta será quién es el dueño legal de la mascota. Es decir, quién aparece como titular en la cartilla veterinaria o en el microchip. Esto no significa que por ello vaya a ser la custodia directa para ese cónyuge, pero si que será un indicativo que se tendrá muy en cuenta para determinar a quién pertenece la mascota, también es posible demostrarlo presentando la partida de adopción o “factura de compra” del animal.

Lo más común es que si adquirieron a la mascota mientras estaban casados en regímenes de gananciales, es que ambos sean los dueños legales de la mascota. En este caso es cuando la custodia se concede al cónyuge en cuyo nombre está registrada la mascota. Sin embargo, si el matrimonio se contrajo en régimen de separación de bienes, la mascota quedará bajo la custodia de la persona que la adquirió ya sea antes o durante el matrimonio.

Se tendrá en cuenta quien se ocupaba del cuidado de la mascota durante la relación; quien sacaba la mascota a pasear, se ocupaba de su alimentación, su aseo, acudía al veterinario, etc…

Por último, en muchos casos los tribunales también tendrán en cuenta quién se a hecho cargo de la mascota durante la separación y hasta el momento del juicio. Aunque no es un factor determinante como los mencionados anteriormente, si puede serlo en caso de que uno de los cónyuges se haya desentendido totalmente de la mascota, por ejemplo, dejando de pagar alguna de sus necesidades o desinteresarse sobre su estado durante todo el periodo.

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    Autor: Odériz Echevarría

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