¿Herencia o donación en vida?

Herencia o donación en vida

La donación en vida es una alternativa a la herencia a la hora de traspasar bienes a otras personas. ¿Cuál es mejor? Te explicamos las diferencias entre ambas opciones.

¿Herencia o donación en vida? Es una cuestión que cada vez está más presente, pero la respuesta no es sencilla. Muchas personas prefieren hacer la donación de parte de sus bienes en vida por diversas razones, no obstante la herencia sigue siendo la opción más utilizada, aunque no siempre es la más conveniente.

Por tanto para dar una respuesta apropiada debemos valorar su situación. Cada caso es un mundo y según la situación ante la que nos encontremos, será mejor realizar herencia o donación en vida.

¿Qué es una donación?

Según el art. 618 del Código Civil, una donación es:

«Un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta».

Para que se lleve a cabo la donación, la persona que recibe la donación tiene que aceptar que se lleve a cabo el proceso.

Motivos para realizar donación de bienes en vida

Existen diferentes razones por las que cada vez más personas deciden realizar donación en vida, en lugar de esperar al fallecimiento y que se realice la repartición por herencia:

  • Evitar posibles discusiones al repartir las herencias. Está claro que las herencias siguen siendo procesos en los que se plantean más problemas a la hora de firmar o ponerse de acuerdo.
  • Solventar dificultades económicas de los hijos. Suelen ser las donaciones más frecuentes que encontramos en nuestros despachos. El hecho de poder ayudar económicamente a quien lo necesite y en el momento que lo necesite.
  • La fiscalidad aplicable a las donaciones se conoce en el momento de realizarlas y uno sabe a qué atenerse. Mientras que la tributación puede haber sufrido modificaciones en el momento en el que se proceda a la herencia.

Aspectos a tener en cuenta al realizar una donación

Hay muchas personas que piensan que la donación de los bienes se realiza de forma gratuita. Sin embargo, esto no es así. La donación en vida se ve afectada por una serie de impuestos.

Tantos las personas que realizan la donación como las que la reciben tienen que realizar una serie de pagos para que el proceso se realice de forma satisfactoria:

  • El donatario (persona que recibe la donación) tiene que hacer frente al pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Cada Comunidad tiene su propia regulación en este ámbito.
  • En caso de recibir donación de un inmueble urbano, deberá realizarse el pago de la plusvalía municipal.
  • Declaración en el IRPF la ganancia generada. El donante deberá declarar la donación en su Declaración de la Renta, a excepción de que se trate de la vivienda habitual y la persona tenga más de 65 años o que lo donado sea dinero.

Es decir, donar en vida no es realizar un regalo de manera gratuita, sino que también acarrea diferentes impuestos a pagar, tanto por parte del donante como del donatario.

La mejor manera de poder elegir entre uno u otro régimen es contar con un abogado experto en Derecho de Familia, el cual nos asesore sobre la mejor opción y la más conveniente en nuestra situación.

No dude en contactar con Oderiz Abogados, especialistas en Derecho familiar.

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    Autor: Odériz Echevarría

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