Para solicitar el divorcio o la separación ya no es indispensable dirigirse al juzgado de familia. En España desde 2015 se puede realizar una separación o divorcio ante notario. Esta nueva regulación ha permitido agilizar los trámites delegando funciones que antes sólo correspondían al Juez.
¿Cómo me divorcio ante notario?
Los cónyuges deben comparecer ante el notario para manifestar su voluntad de separarse. Lo harán personalmente, en compañía de su abogado y tras haber acordado los términos del divorcio o separación matrimonial.
Mediante el convenio regulador se van a establecer las normas que regirán su separación o divorcio. El artículo 90 del Código Civil regula este documento que contiene los pactos sobre el cuidado de los hijos, régimen de visitas, uso de la vivienda familiar, la contribución a las cargas, pensiones alimenticias, liquidación de régimen económico, entre otras.
La documentación necesaria incluye Documento Nacional de Identidad, Libro de Familia, Certificado de Inscripción del Matrimonio en el Registro Civil, Certificado de empadronamiento de los cónyuges, Certificados de Nacimiento de los hijos mayores de edad.
Como es natural el precio de un divorcio ante notario es mucho más económico que por lo contencioso. Los honorarios del Notario son prácticamente los mismo en toda España. Lo que varía son los honorarios de los abogados. Además habrá que liquidar impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
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Requisitos para un divorcio ante notario
Tanto la separación como el divorcio ante notario requieren de ciertos requisitos. Los tres principales son:
- Deben haber transcurrido más de tres meses desde la celebración del matrimonio
- La separación o divorcio debe ser de mutuo acuerdo
- El matrimonio no debe tener hijos menores de edad o incapacitados
Si alguna de estas condiciones no se cumple deberán acudir al Juzgado de Familia. En caso de haber menores de edad no emancipados o incapacitados será la fiscalía quien defienda sus intereses y sólo lo hacen en sede judicial, no ante notario. Como hijos menores se incluye también a los concebidos pero no nacidos, es decir, si la mujer está embarazada cuenta como establece el artículo 29 del Código Civil.
En caso de haber hijos mayores de edad que se pueden ver afectados por las medidas de índole económica o de convivencia por ejemplo, éstos deben comparecer para otorgar su consentimiento a dichas medidas, o bien podrían estar representados por un apoderado.
Si se cumplen los requisitos para el divorcio notarial, los cónyuges deben acudir personalmente, es decir no pueden estar representados. Además es obligatorio que vayan acompañados de un abogado en ejercicio.
Una vez otorgada la Escritura de divorcio el notario entrega una copia a cada otorgante y al Registro Civil. Desde ese momento será válido, pero respecto de terceros, la fecha de validez es la de inscripción en el registro.
Aunque el divorcio ante notario requiere abogado, si hay acuerdo es posible compartir el abogado para reducir aún más los costes. El abogado es imprescindible no solo por el asesoramiento sino porque debe redactar el Convenio Regulador y también debe firmar la Escritura.
¿A qué notario debo acudir?
Tras la aprobación de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria para un divorcio de mutuo acuerdo, también conocido como divorcio express, ya no es necesario acudir al juzgado de familia. En su lugar se puede acudir al Notario que prefieran dentro de la localidad del último domicilio donde han convivido.
Como hemos comentado los honorarios son prácticamente los mismos en todas las Notarías. Se puede realizar algún pequeño descuento, pero la diferencia será en todo caso en la calidad del servicio. Eso si, el precio se puede ver incrementado debido a la extensión del Convenio Regulador y si hay una liquidación de gananciales.
Una de las funciones del Notario es valorar el Convenio Regulador, si estima que es dañoso o muy perjudicial para una de las partes podría denegar el divorcio. En tal caso es necesario acudir ante el Juez. Igualmente si un hijo mayor o emancipado se negara a firmar la Escritura, el divorcio se tendrá que resolver en el juzgado.
Por tanto, es esencial que todas las partes estén de acuerdo antes de acudir al Notario. Esto incluye tanto los cónyuges como los hijos mayores o emancipados. Además es importante contar con el asesoramiento de un buen abogado de familia. En Odériz Echevarría tenemos más de 25 años de experiencia en Derecho de Familia.