Cómo poner una querella

Cómo poner una querella

Interponer una denuncia no es lo mismo que poner una querella. ¿Cómo es el procedimiento? En este artículo te lo explicamos todo.

¿Qué es una querella?

La querella es la declaración escrita de una persona que solicita la apertura de un procedimiento penal en el que el querellante será parte. A través de la querella se pone en conocimiento del Juez la concurrencia de unos hechos determinados que pueden constituir delito.

La persona que presenta la querella se conoce como querellante y aquel contra quien se presenta la querella es el querellado.

Regulada en los Artículos 270 a 281 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la querella es el acto mediante el cual, una persona comunica a un órgano judicial la existencia de unos hechos presuntamente delictivos, al tiempo que expresa su voluntad de mostrarse parte en el proceso que solicita se inicie.

Diferencias entre denuncia y querella

La principal diferencia entre la denuncia y la querella es que, la denuncia es puesta en conocimiento de la Policía o Guardia Civil mientras que la querella no, ésta se interpone directamente ante el Juzgado competente. ¿Cómo poner una denuncia?

Existen varias características que diferencian un concepto del otro, a saber:

La Denuncia

  • La persona denunciante no será parte del proceso de delito.
  • El denunciante no podrá exigir nada, únicamente poner en manos de la justicia unos hechos delictivos.
  • Se podrá realizar de forma anónima o de palabra.
  • No requiere de la intervención de un procurador ni abogado.

La Querella

  • La querella se deberá de interponer de forma escrita y formal.
  • La parte acusadora se presenta como denunciante e interviene en el proceso de delito.
  • Requiere de la intervención de un procurador y así mismo de un abogado.

Tipos de delitos querellables

Podemos distinguir 3 tipos de delitos querellables: delitos públicos, semipúblicos o semiprivados y privados.

  • Delitos públicos: Aquellos que afectan al orden público, por ejemplo un asesinato.
  • Delitos semipúblicos o semiprivados: Pueden ser acosos, agresiones, abusos sexuales o abandono familiar.
  • Delitos privados: Son los delitos que solo pueden ser perseguidos por la justicia cuando la persona perjudicada presenta querella. Ejemplo de ello puede ser la injuria o calumnia.

Pasos para poner una querella

En primer lugar, es necesario que la querella se presente siempre por medio de la intervención de un procurador y tendrá que estar firmada por un abogado. En segundo lugar, habrá que presentarla por escrito con la siguiente información:

  • El Juez o Tribunal a quien se presenta. Servirá el Juzgado de Instrucción del lugar donde se cometió el delito.
  • El nombre, apellidos y domicilio del querellante.
  • El nombre, apellidos y domicilio el querellado. Si se desconocen estos datos, se puede dar una descripción o señas que puedan contribuir en su identificación.
  • La descripción de los hechos, fecha y hora en que ocurrieron.
  • Las diligencias y pruebas por escrito para comprobar los hechos.
  • Petición de admisión de la querella. Aquí es necesario indicar las medidas cautelares que se solicitan (detención y prisión del culpable, exigencia de fianza de libertad provisional, embargo de bienes, etc.).
  • Firma del querellante, del procurador y del abogado del querellante.

Es conveniente aportar documentos o pruebas del delito. En caso de no tenerlas, habrá que indicar dónde podrían encontrarse. Si se trata de un delito que existe la posibilidad de que el culpable se vaya a escapar o quiere esconderse, se puede formular una querella para que cualquier funcionario de la policía pueda hacer diligencias para averiguar más información y si fuera necesario, detener al delincuente.

Si el delito es de injuria y calumnia, habrá que presentar un certificado que acredite que se ha celebrado, o al menos se ha intentado, un acto de conciliación entre el querellante y el querellado. Este acto de conciliación no es necesario para casos de violación ni secuestro.

¿Interponer una querella es gratis o hay que abonar alguna cantidad de dinero?

A diferencia de la denuncia, interponer una querella sí requerirá abonar cierta cantidad económica, ya que estaremos solicitando formar parte del procedimiento judicial.

El particular querellante tendrá que presentar una fianza de la clase y cuantía que establezca el Juez o el Tribunal para cubrir los gastos del juicio.

Esto solamente se exige al acusador popular, por lo que el ofendido y sus herederos (acusación particular) no tendrán que hacerlo.

Abogado para poner una querella

Si necesitas poner una querella, puedes ponerte en contacto con Odériz Echevarría Abogados. Te ayudaremos en tu caso de una manera profesional y cercana.

Jesús Odériz Echevarría

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