Mi hijo no quiere cumplir el régimen de visitas

Mi hijo no quiere cumplir el régimen de visitas

En una separación o divorcio se denomina régimen de visitas al derecho y deber que tiene el progenitor que no obtuvo la custodia a visitar, comunicarse y pasar tiempo con los hijos.

Los términos del régimen de visitas quedan fijados en el convenio regulador, al igual que el tipo de custodia o la pensión de alimentos. Mediante el régimen de visitas se intenta que los hijos mantengan los vínculos con ambos progenitores. La situación no será la misma que antes de la separación o el divorcio, pero bien llevado es muy positivo para los hijos.

Por desgracia el incumplimiento del régimen de visitas es un problema que nos encontramos con frecuencia. Esta situación se puede producir por ejemplo porque el progenitor con la custodia no cumple lo acordado o pone dificultades. O bien el progenitor que no tiene la custodia no cumple con las visitas establecidas. Pero además se dan casos en los que son los menores no quieren ir a la visitas que le corresponden al progenitor no custodio.

Cualquiera de estas situaciones es delicada y puede tener motivaciones de los más variadas. Es necesario evaluar cada caso para encontrar soluciones viables que encajen perfectamente. En este artículo vamos a explicar qué podemos hacer cuando un hijo o hija no quiere cumplir el régimen de visitas.

Mi hijo no quiere cumplir régimen de visitas

El régimen de visitas puede ser establecido de mutuo acuerdo entre las partes o bien por sentencia judicial. Sin embargo lo que parece claro y sencillo sobre papel, al intentar hacerlo realidad se complica. Por ejemplo si uno de los hijos no está conforme porque no está a gusto con el otro progenitor, o con su nueva pareja o tenía previsto otras actividades. Esto puede ser un obstáculo para que se cumpla el régimen de visitas, especialmente cuando ya son adolescentes.

Cuando un cliente nos dice «mi hijo no quiere venir conmigo», lo siguiente que nos interesa saber es la edad el menor y las causas.

Cuando son preadolescentes nos preocupa porque lo natural es que un hijo quiera estar con ambos, e incluso desee que haya una reconciliación y vuelvan a estar juntos. Por nuestra experiencia, estas son las razones más frecuentes por las que un hijo no quiere cumplir el régimen de visitas:

  • Porque el padre o la madre que tiene la custodia influye o le presiona para que no vaya con el otro.
  • Porque el menor no tiene buena relación o suficiente vinculación con el otro progenitor.
  • Si el progenitor a rehecho su vida con otra persona y el menor no mantiene una buena relación con esta persona.
  • Cuando interfiere con actividades extraescolares u otro tipo de actividades previstas con amigos o familiares.
  • En el peor de los casos porque el menor sufre malos tratos.

Cuando se trata de hijos con 15, 16 o 17 años la voluntad del menor si se tiene más en cuenta. Salvo que sea claramente inmaduro o se aprecie una fuerte influencia por parte del progenitor que tiene la custodia, se tiende a respetar su voluntad. A estas edades su estilo de vida y su forma de disfrutar del tiempo de ocio ya es más independiente, e incluso legalmente ya tienen derechos que les otorgan voz y voto por ejemplo en cuestiones sanitarias o para emanciparse.

Qué hacer si se incumple el régimen de visitas

Por supuesto ambos progenitores podrán exigir el cumplimiento del régimen de visitas. No obstante, hay que diferenciar entre un incumplimiento puntual y un hecho continuado. Es necesario que el incumplimiento sea manifiesto y se produzca con frecuencia, o por lo menos que suceda en varias ocasiones.

Si es el propio hijo el que no quiere ir con su madre o su padre se tendrá en cuenta la madurez del menor. Por lo general si es menor de 12 años lo habitual es que sea obligatorio cumplir el régimen de visitas. En cambio a los hijos mayores de 12 años el Juez escucha sus argumentos, e incluso se puede llegar a modificar el régimen de visitas. En los procedimientos de familia es lo que se denomina exploración judicial de menores.

Nuestra recomendación siempre es que toda su estrategia esté dirigida por un abogado de familia. En caso de incumplimiento será fundamental que quede constancia, para ello estas son algunas opciones:

  • Mediante un burofax con certificado de texto y acuse de recibo o a través de Notario.
  • Acudir con un testigo que luego pueda dar testimonio de lo ocurrido.
  • Conservando los email, mensajes y audios de aplicaciones como Whatsapp o Telegram.

El objetivo es no cometer errores y actuar por los cauces legales. De esta forma podremos ir reuniendo pruebas contra progenitor que no está cumpliendo con su deber.

En el mismo burofax por ejemplo podemos incluir una advertencia de demanda ejecutiva del convenio regulador o la sentencia si la situación se repite. Dicha demanda en  principio puede derivar en multas coercitivas mensuales cuya cuantía fijará el Juez. Si las multas no tuvieran efecto y se siguiera incumpliendo el régimen de visitas el Juez puede llegar a modificar el régimen de visitas o incluso modificar la custodia. Además el progenitor incurrirá en un delito de desobediencia a la autoridad judicial, previsto en el articulo 556.1 del Código Penal.

1. Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Somos expertos en Derecho de Civil y de Familia, si está teniendo problemas por incumplimiento del régimen de visitas contacte con nosotros. En Odériz Echevarría llevamos más de 25 años trabajando en asuntos de separaciones y divorcios con hijos.

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    Autor: Odériz Echevarría

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