Con la entrada en vigor de la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario el pasado 16 de junio de 2019, el panorama respecto a los gastos de formalización de una hipoteca, cambió sustancialmente.
Cuáles son los gastos y cuánto cuestan
Tras la citada regulación, el cliente deberá abonar la tasación y su copia de la escritura. Mientras que el banco deberá pagar la gestoría, la notaría, el registro, el impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD) y su copia de la escritura.
Aquí deben incluirse todos los costes que se generan cuando se realiza la escritura pública de una hipoteca, tales como:
- Notaría: son los aranceles del notario, que suelen oscilar entre el 0,3% y el 0,5% de la responsabilidad hipotecaria, más el coste de las copias que expida para el cliente y para el banco.
- Registro de la propiedad: los aranceles registrales suelen ser de entre el 0,1% y el 0,3% de la responsabilidad hipotecaria.
- Gestoría: Se encarga de las gestiones relativas a la tramitación del documento notarial, la liquidación de impuestos e inscripción de la hipoteca en el registro cada gestoría de modo libre dichos honorarios, y que varían de los 150 € a los 300 €.
- Tasación de la vivienda hipotecada: La tasación garantizará a la entidad el valor real de la vivienda para que éste pueda realizar el correspondiente análisis de riesgos para garantizar la devolución del préstamo, y que, de acuerdo con el art. 682.2 LEC, que suele estar entre 150 y 400 euros (unos 350 euros de media).
- Impuesto sobre actos jurídicos documentados: que en función de la Comunidad Autónoma puede costar entre el 0,5% y el 1,5% de la responsabilidad hipotecaria.
Adicionalmente, si el vendedor de la vivienda no dispone de la nota simple registral, el banco exigirá que se le presente para asegurarse de que el inmueble no tiene cargas, un trámite que normalmente no cuesta más de 20 euros.
Simulación de gastos de formalización de hipoteca
Este es un ejemplo de cómo calcular los gastos de escritura de una hipoteca. Si quieres saber cuánto se pagaría por una hipoteca de 150.000 euros, te mostramos una estimación:
- Notaría: 650 euros
- Registro: 270 euros
- Gestoría: 350 euros
- Tasación: 420 euros
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: 850 euros (en la Comunidad de Andalucía)
- TOTAL: 2.540 euros
A esta cifra tendrías que sumarle, en caso de que tu préstamo tuviera, los gastos por comisiones y por productos vinculados.
¿Quién tiene que pagar estos gastos de formalización?
En consecuencia, con la nueva ley citada más arriba, los costes dedicados a las partidas de la escrituración de hipoteca se reducen.
Los gastos de Notaría, Registro de la Propiedad, y Gestoría, los tienen que abonar las entidades bancarias; así se establece en el artículo 14 del citado texto legal. El nuevo reparto de gastos entre el banco y el comprador, suponen un abaratamiento de las hipotecas y, por tanto, el ahorro de miles de euros. Muchos expertos aconsejan invertir este dinero ahorrado a reformar el hogar, poniendo la casa al gusto del nuevo propietario, mejorando su comodidad, y revalorizando la vivienda.
El impuesto de Actos Jurídicos Documentados se abona conforme a lo dispuesto en la legislación tributaria. Tras la reforma introducida en la ley del impuesto de Actos Jurídicos Documentados por el Real Decreto Ley 17/2018, de 8 de noviembre, el sujeto pasivo de dicho impuesto serían las entidades bancarias.
En el supuesto de contratar un préstamo hipotecario medio de 150.000 euros, nuestros gastos serían de unos 350 euros por la tasación de la vivienda.
Todo el mundo que tenga o haya tenido un préstamo hipotecario puede reclamar los gastos. Tanto si tu hipoteca está activa, como si has vendido tu casa o si has realizado novaciones sobre el préstamo inicial, puedes reclamar los gastos.
Si tienes dudas lo mejor es contactar con el despacho de abogados Odériz Echevarría. Nuestros abogados expertos pueden analizar tu caso sin compromiso.