Consumidores afectados por el cártel de coches

Consumidores afectados por el cártel de coches

Los consumidores afectados por el cártel de coches pueden reclamar gratis y con el respaldo de abogados experimentados. En este artículo te explicamos cómo iniciar el procedimiento, la documentación necesaria y los plazos.

Si tienes cualquier duda o quieres que iniciemos tu reclamación por el cártel de coches, contacta con nosotros hoy mismo. Estaremos encantados de estudiar tu caso sin compromiso.

Reclamar por el cártel de coches gratis

En nuestro enfoque, la transparencia y la protección de los afectados por el cártel de coches son fundamentales. En ningún momento te pediremos un pago por adelantado. Nosotros asumimos los gastos asociados con la reclamación extrajudicial de indemnización a las marcas, la reclamación judicial en primera instancia, así como los honorarios de abogados, procuradores y peritos, incluyendo informes periciales y ratificación judicial de los peritos en juicios.

En nuestro compromiso de «solo cobramos si usted cobra», los honorarios se generan al concluir el procedimiento y una vez que hayas recibido las indemnizaciones correspondientes. Esta estructura busca alinear nuestros intereses con los tuyos, asegurando que nuestro éxito esté vinculado al tuyo.

Es importante destacar que en el caso poco probable de que no haya indemnización, no tendrás la obligación de pagar al abogado, procurador o perito. Esta es una garantía adicional de que solo perseguimos reclamaciones que evaluamos con un alto grado de éxito, respaldado por el hecho de que la mayoría de las reclamaciones en el contexto del cártel de vehículos en España se han resuelto a favor de los reclamantes.

Documentación necesaria

Para iniciar la reclamación por el cártel de coches, es crucial contar con ciertos documentos que respalden tu caso. En primer lugar, se requerirá el DNI o NIE del titular del coche para verificar la identidad.

Además, es necesario presentar un comprobante de compra, que puede ser la factura, el contrato de compra o los registros de transacción bancaria que evidencien la adquisición del vehículo. Igualmente, la Ficha Técnica del Vehículo o el Permiso de Circulación son documentos esenciales para corroborar la identidad del vehículo afectado.

Además, si se opta por la representación legal a través de un Procurador, será necesario contar con un poder a su favor otorgado en notaría o mediante certificado digital. Estos documentos constituyen la base para respaldar la reclamación y avanzar en el proceso legal.

Plazo para reclamar

En 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia impuso sanciones a más de 25 fabricantes del sector automotriz en España. Afectando a marcas conocidas como: Audi, BMW, Citroen, Fiat, Mercedes Benz, Nissan, Peugeot, Toyota, Volkswagen o Volvo.

La sentencia del Tribunal Supremo en 2021 inicialmente fijó un periodo de prescripción de un año, cerrando la ventana para reclamar al cártel de coches en mediados de 2022. Como es natural, dado el volumen de consumidores afectados por el cártel de coches este plazo fue ampliado.

Por fortuna, en junio de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea extendió este plazo a 5 años desde la ratificación de las sanciones por el Tribunal Supremo, estableciendo como nueva fecha límite para la reclamación el mes de abril de 2026.

¿Has vendido tu coche?

Si ya vendiste un coche afectado por el cártel, no te preocupes, aún tienes la posibilidad de realizar una reclamación. Los documentos necesarios para esto incluyen el comprobante de compra y el documento de identificación (DNI o NIE) del nuevo propietario.

Además es necesaria la ficha técnica del vehículo y el permiso de circulación. En caso de no poseer estos documentos, podemos solicitar un informe completo de la DGT. Este informe abarca información administrativa, detalles sobre el titular, ubicación del vehículo, historial de ITV, kilometrajes, número de titulares y datos técnicos.

Por último, se recomiendo un justificante de la venta del coche, que aunque no es estrictamente necesario para solicitar la indemnización, si viene bien para clarificar el caso.

Casos especiales de afectados por el cártel de coches

Existen diversos casos particulares en los que se plantean dudas sobre la posibilidad de reclamar indemnizaciones por el cartel de coches:

  • Herencia de un vehículo afectado: Si has heredado un vehículo afectado por el cartel, sí puedes reclamar, pero dado que el derecho a la reclamación pertenece exclusivamente a la persona que compró inicialmente el coche afectado. Por tanto, deberás presentar el testamento y la certificación de defunción del titular original.
  • Coches de KM 0: Quienes adquirieron un coche de KM 0 pueden reclamar si lo compraron directamente al concesionario entre los años 2006 y 2013.
  • Coche dado de baja: En el caso de haber dado de baja un coche afectado por el cartel, puedes reclamar siempre que cuentes con la documentación general necesaria. Además, es recomendable presentar pruebas que confirmen que el coche no está en circulación, como el documento de baja de la DGT o el comprobante del desguace.
  • Compra de vehículo de segunda mano: Como es comprensible, los consumidores que compraron un coche de segunda mano no tienen derecho a reclamar indemnización, ya que no fueron quienes compraron el vehículo nuevo y, por lo tanto, no están afectadas por el cartel de coches.

Si estás en alguno de estos casos o tienes dudas, contacta con nosotros hoy mismo. En el despacho Oderíz Echevarría Abogados evaluaremos la posibilidades de que prospere tu caso, y en caso favorable te ayudaremos a defender tus intereses sin que tengas que adelantar ni un euro.

Jesús Odériz Echevarría

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