Reclamar fraude con tarjeta de crédito o cuenta bancaria

Reclamar fraude con tarjeta de crédito o cuenta bancaria

Los delitos de estafa o robo relacionados con fraude con tarjeta de crédito o cuenta bancaria están a la orden del día. Cada vez emplean métodos más sofisticados, muchas veces emulando las comunicaciones oficiales de las entidades bancarias e incluso haciéndose pasar por funcionarios del Estado (policía, guardia civil, Hacienda, etc).

Como consecuencia, cada vez recibimos más consultas de particulares o empresas que necesitan ayuda para interponer una denuncia porque se ha realizado un operación de pago no autorizada y quieren recuperar su dinero.

Tipos de fraudes telemáticos habituales

  • Smishing, los delincuentes envían un SMS al teléfono de la víctima, en este mensaje corto puede haber un enlace o algún código. Este ataque a veces se combina con una llamada de teléfono en la que se hacen pasar por personal del banco o algún funcionario para lograr el acceso a la cuenta bancaria o datos personales.
  • Vishing, para este ataque los delincuentes realizan un trabajo de investigación previo, ya que van a realizar una llamada a la víctima haciéndose pasar por empleados del banco. En la investigación previa ya han recabado datos personales, e incluso datos confidenciales, con los que se ganarán su confianza, pero quizás necesita el código de seguridad de la tarjeta o un código de verificación para completar el robo.
  • Phishing, los delincuentes envían correos electrónicos con enlaces o ficheros adjuntos fraudulentos, el objetivo es engañar al atacante para que visite una web falsa donde le robarán información, o bien que abra un fichero que puede introducir un virus u otro tipo de malware en su ordenador. Uno de los objetivos más frecuentes y lucrativos es el phishing bancario.

La mejor defensa ante todos estos tipos de ciberdelitos es ignorar al delincuente. Tu banco nunca te va a llamar para pedir información sensible, no tampoco las autoridades ni los funcionarios del Estado. Simplemente cuelga, elimina los sms raros y los email sospechosos.

¿Cómo actuar ante un fraude con tarjeta de crédito o cuenta bancaria?

Si has sufrido un fraude con tarjeta de crédito o un cargo en tu cuenta bancaria hay que actuar con celeridad. En Odériz Abogados contamos con expertos en operaciones de pago no autorizadas que te podrán asesorar para que des los pasos correctos y para que puedas reclamar a tu banco el reembolso por el fraude sufrido.

En este tipo de ciberdelitos los delincuentes puede realizar pequeños cargos para pasar desapercibidos, o en el peor de los casos hacen grandes cargos e incluso vacían el saldo de la cuenta corriente.

Es posible que si acudes directamente a tu entidad bancaria a contar tu experiencia, te encuentres con la sorpresa de que el banco no se hace responsable ni tampoco tengan intención de reembolsar el dinero, a pesar de que tengas pruebas del delito.

Tras notificar el fraude al banco lo antes posible, hay que interponer una denuncia en la comisaría para que quede constancia e investiguen el ciberdelito para intentar identificar a los delincuentes.

Si todo esto se te hace un poco cuesta arriba y temes cometer errores por los nervios y la ansiedad, nosotros te podemos representar o acompañar y realizar todos los trámites de la manera adecuada.

¿Qué es una operación de pago no autorizada?

El fundamento de la reclamación se basará en la Ley de Servicios de Pago (Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera), donde tanto las tarjetas de crédito como las transferencias se consideran medios de pago.

Como usuario de servicios de pago tienes derecho a reclamar una operación de pago no autorizada, es decir, aquella en la que el titular de la cuenta o la tarjeta no ha dado consentimiento. El objetivo es demostrar que la obtención de tus credenciales por métodos fraudulentos es una operación de pago no autorizada.

Si tu banco o proveedor de servicios de pago no se quiere hacer responsable, no te resignes, debes presentar una reclamación al servicio de atención al cliente del banco, en la que solicitas la devolución de los importes sustraídos y además te recomendamos buscar asesoramiento de un abogado penal en Málaga.

¿Cuando te estafan el banco te devuelve el dinero?

Sin duda se puede y se debe reclamar el fraude sufrido, y por supuesto podemos conseguir que el banco te devuelva el dinero. Pero como es lógico, el banco puede intentar por todos los medios no hacerse cargo empleando diversos argumentos.

Llegados a este punto, es muy recomendable contar con un abogado con experiencia en ciberdelitos y fraudes bancarios. Dependiendo del caso puede ser interesante presentar reclamación al Banco de España o directamente interponer una demanda contra la entidad bancaria por una responsabilidad de daños y perjuicios en operaciones de pago no autorizadas.

Para que te hagas una idea, atendiendo a la Ley de Servicios de Pago:

El usuario de servicios de pago obtendrá la rectificación por parte del proveedor de servicios de pago de una operación de pago no autorizada o ejecutada incorrectamente únicamente si el usuario de servicios de pago se lo comunica sin demora injustificada, en cuanto tenga conocimiento de cualquiera de dichas operaciones que sea objeto de reclamación […]

Artículo 43.1 de la Ley de Servicios de Pago

Sin perjuicio del artículo 43 de este real decreto-ley, en caso de que se ejecute una operación de pago no autorizada, el proveedor de servicios de pago del ordenante devolverá a éste el importe de la operación no autorizada de inmediato y, en cualquier caso, a más tardar al final del día hábil siguiente a aquel en el que haya observado o se le haya notificado la operación […]

Artículo 45.1 de la Ley de Servicios de Pago

Es habitual que la entidad bancaria se escude en el Artículo 44, alegando que la operación fue autenticada correctamente y no se vio afectada por un fallo técnico u otra deficiencia del servicio prestado por el proveedor de servicios de pago.

Es decir, que si el atacante se identificó correctamente, no es responsabilidad del banco, ya que es el usuario es que ha facilitado dichos datos de acceso. Estas alegaciones van en contra de las buenas prácticas bancarias pero con tal de no perder dinero lo pueden intentar.

Además corresponde a la entidad bancaria probar que el usuario del servicio de pago cometió negligencia grave. En este sentido, los bancos recurren al Artículo 41 y 46 de esta misma Ley, donde se indican bajo qué circunstancias el usuario tendrá que asumir una parte o toda la pérdida de dinero por fallar en la custodia y protección de sus credenciales de seguridad personalizadas.

No pierdas más tiempo, llámanos o envía el formulario de contacto y te ayudaremos en tu reclamación para recuperar tu dinero.

Infórmese sin compromiso

Rellene el formulario y nos pondremos en contacto con usted a la mayor brevedad

    Autor: Odériz Echevarría

    Despacho de abogados especializado en derecho de Familia y Civil. Ponemos a su servicio más de 25 años de experiencia defendiendo a clientes.

     

    Aviso legal | Política de privacidad | Política de cookies