Extinción de la pensión compensatoria: un juzgado de Sevilla la elimina tras más de 20 años

Extinción de la pensión compensatoria: un juzgado de Sevilla la elimina tras más de 20 años

Un juzgado de Sevilla ha acordado la extinción de una pensión compensatoria que se había venido abonando durante más de veinte años, tras estimar una demanda de modificación de medidas por concurrir un cambio sustancial y permanente de las circunstancias que motivaron su concesión inicial pagando a su exmujer.

La resolución, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Sevilla en diciembre de 2025, da la razón al exmarido, representado por Jesús Odériz Echevarría, al considerar acreditado un deterioro significativo de su situación personal y económica. Entre los factores determinantes, la sentencia destaca el reconocimiento de una discapacidad del 45%, la concesión de un grado I de dependencia, su jubilación anticipada por motivos de salud y la existencia de nuevas cargas familiares, incluida la atención a un hijo menor.

Frente a ello, el juzgado valora también la evolución económica de la exesposa, beneficiaria de la pensión, quien actualmente percibe una pensión de jubilación estable, lo que permite concluir que el desequilibrio económico que justificó en su día la pensión compensatoria ha desaparecido.

La resolución recuerda que la pensión compensatoria no tiene carácter indefinido ni vitalicio, y que su mantenimiento está condicionado a la subsistencia del desequilibrio económico entre los excónyuges. En este caso, el órgano judicial entiende que dicho desequilibrio ya no existe, por lo que acuerda su extinción con efectos desde la fecha de la sentencia.

Esta decisión se alinea con la doctrina del Tribunal Supremo y de distintas Audiencias Provinciales, que insisten en la necesidad de revisar las medidas económicas adoptadas en los procesos de familia cuando han transcurrido largos periodos de tiempo y se han producido cambios relevantes en la situación de las partes.

Fuente

Jesús Odériz Echevarría

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