El maltrato de obra con agresión sin lesiones será castigado con la pena de multa de uno a dos meses. ¿Puedes denunciar sin haber sufrido lesiones? Te explicamos todo en este artículo.
¿Qué es el maltrato de obra?
Se entiende por maltrato de obra cualquier agresión física (golpear, agredir o maltratar) de obra hacia una persona pero sin causarle lesiones.
Cuando el maltrato de obra sin causar lesión se produce en el ámbito familiar o la víctima es la pareja o expareja, estaremos entonces frente a un delito básico de malos tratos.
El artículo 153.1 del Código Penal, dispone:
“El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión de menor gravedad de las previstas en el apartado 2 del artículo 147, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el juez o tribunal lo estime adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años”.
Maltrato de obra según el Código Penal
La regulación del delito leve de maltrato de obra viene previsto en el Artículo 147.3 del Código Penal: «El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses».
Ejemplo de maltrato de obra: una simple bofetada
Un bofetón en la cara sin dejar ninguna marca es un ejemplo de este tipo de delito. Será preciso, además de la declaración de la víctima, algún testigo de los hechos para debilitar la presunción de inocencia del investigado/a. Pues en un juicio, será la palabra de uno contra la de otro.
Al ser considerado un delito leve, se resuelve mediante un juicio en el Juzgado de guardia.
¿Cómo actuar si sufro una agresión?
En primer lugar debes avisar a las autoridades a fin de que puedan tomar la filiación del agresor/a y así interponer la denuncia. Además, si en el momento de la agresión hay testigos debes intentar tomar los datos para poder mencionarlos en la denuncia y que puedan ser citados por el Juzgado para declarar.
Acto seguido, asistir al centro de salud para que puedan evaluar las lesiones y posteriormente acudir a la Comisaría de Policía o Guardia Civil para interponer la denuncia relatando los hechos.
Si ha sufrido una agresión, malos tratos o agresión sin lesiones, póngase en contacto con Odériz Echevarría Abogados y le ayudaremos.
Pena por delito de lesiones
Se castiga con una pena de prisión de seis meses a tres años a quien lesiona a otra persona siempre que esta lesión requiera una primera asistencia facultativa, es decir un diagnostico médico o una exploración médica, así como un tratamiento médico o quirúrgico. Sin la presencia de estos elementos entonces no se puede calificar de delito de lesiones.
La pena de prisión será de tres meses a seis meses, si la lesión se causa por imprudencia grave. Es decir, la pena es diferente según el tipo de lesión y delito que se esté cometiendo, a saber:
- Lesiones tipo básico: prisión de tres meses a tres años, o bien multa de seis a doce meses.
- Delito leve de lesiones: multa de uno a tres meses.
- Lesiones agravadas por la modalidad de ejecución: prisión de dos a cinco años.
- Lesiones agravadas por el resultado: prisión de seis a doce años si es mutilación genital y pérdida o inutilidad de un órgano o miembro principal, y prisión de tres a seis años si es de un órgano o miembro no principal.
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