Sustracción de menores: penas, procedimientos y cómo actuar

Sustracción de menores: penas, procedimientos y cómo actuar

La sustracción de menores es una situación extremadamente delicada que genera graves consecuencias emocionales y legales tanto para el menor como para sus progenitores. Este tipo de delito está regulado en el Código Penal español y se persigue de manera firme por las autoridades. En este artículo, te explicamos qué es este delito, cuáles son las penas que lleva aparejadas y qué medidas preventivas se pueden adoptar para evitar que ocurra.

¿Qué es el delito de sustracción de menores?

El delito de sustracción de menores se produce cuando un progenitor traslada o retiene a su hijo menor sin el consentimiento del otro progenitor, de las personas o instituciones que tengan su custodia legal. El artículo 225 bis del Código Penal establece que:

  1. El progenitor que, sin causa justificada, sustrajere a su hijo menor será castigado con una pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por un periodo de cuatro a diez años.
  2. Se considera sustracción:
    • El traslado del menor de su lugar de residencia habitual sin el consentimiento del progenitor con el que conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las que esté confiada su guarda o custodia.
    • La retención del menor incumpliendo gravemente el deber establecido por resolución judicial o administrativa.

Este delito busca proteger el interés superior del menor y evitar situaciones en las que uno de los progenitores decida unilateralmente apartar al niño del entorno familiar y social que le corresponde.

Penas asociadas al delito de sustracción de menores

Las penas previstas para este delito dependen de si se trata de una sustracción nacional o internacional. Estas son las sanciones:

  • Sustracción nacional de menores:
    • Prisión de 2 a 4 años.
    • Inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad de 4 a 10 años.
  • Sustracción internacional de menores:
    • Prisión de 3 a 4 años.
    • Inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad de 7 a 10 años.

Este endurecimiento de la pena en los casos de sustracción internacional se debe a la mayor complejidad que implica la recuperación del menor cuando se encuentra en otro país.

¿Existen formas de eximir o reducir la pena por sustracción de menores?

El Código Penal contempla ciertas circunstancias en las que el infractor puede quedar exento de responsabilidad penal o ver reducida su pena:

  1. Exención de responsabilidad penal: Si el progenitor que ha sustraído al menor informa sobre su paradero al otro progenitor o a la autoridad competente dentro de las primeras 24 horas y devuelve al menor de manera inmediata, quedará exento de responsabilidad penal.
  2. Reducción de la pena: Si la devolución del menor se produce sin comunicación previa, pero dentro de los 15 días siguientes a la sustracción, la pena se reducirá a prisión de 6 meses a 2 años.

Estas medidas buscan incentivar la pronta restitución del menor y evitar que el conflicto se prolongue en el tiempo, causando daños mayores al niño.

¿Quién puede ser víctima de un delito de sustracción de menores?

La víctima de este delito es el menor de edad sujeto a patria potestad. Según el Código Civil, se considera menor de edad a toda persona que no haya cumplido los 18 años y que no esté emancipada.

Los menores emancipados no están incluidos como sujetos pasivos de este delito, ya que la emancipación implica la finalización de la patria potestad y, por tanto, el menor ya no está bajo la custodia legal de sus progenitores.

Medidas preventivas para evitar la sustracción de menores

Con el fin de prevenir este tipo de situaciones, el ordenamiento jurídico establece una serie de medidas civiles que pueden ser adoptadas por un juez en determinados procedimientos judiciales. Estas medidas se encuentran recogidas en el artículo 158.3º del Código Civil y son las siguientes:

  • Prohibición de salida del territorio nacional sin autorización judicial previa.
  • Prohibición de expedición o retirada del pasaporte del menor.
  • Sometimiento a autorización judicial previa para cualquier cambio de domicilio del menor.

El juez puede adoptar estas medidas de oficio, a instancias del propio menor, de un pariente cercano o del Ministerio Fiscal, cuando exista peligro de sustracción por parte de alguno de los progenitores o de terceros.

Procedimiento en caso de sustracción de un menor

El Ministerio de Justicia ha elaborado un protocolo de actuación para orientar a los progenitores afectados por la sustracción de un menor. Este procedimiento varía en función de si el menor se encuentra en un país de la Unión Europea o en un país firmante del Convenio de La Haya de 1980.

  1. Si el menor se encuentra en un país de la UE o firmante del Convenio de La Haya: Se debe solicitar la restitución del menor ante el Ministerio de Justicia, presentando el formulario correspondiente y aportando toda la información relevante.
  2. Si el menor se encuentra en un país no firmante del Convenio de La Haya: Se aconseja poner el caso en conocimiento del Ministerio de Asuntos Exteriores, que coordinará con la Embajada o Consulado de España en el país correspondiente. En muchos casos, será necesario iniciar un procedimiento de restitución ante los tribunales extranjeros.

Es importante destacar que, para lograr la restitución del menor, es preciso iniciar un procedimiento civil de restitución independiente del proceso penal contra el infractor.

¿Qué sucede si no se produce la restitución del menor?

El procedimiento de restitución tiene carácter urgente y, según el artículo 11 del Convenio de La Haya, debe resolverse en un plazo máximo de seis semanas desde la presentación de la solicitud.

Si la solicitud de restitución se presenta transcurrido un año desde la sustracción, también se ordenará la devolución del menor, salvo que el juez determine que el niño ya está integrado en su nuevo entorno.

La restitución podrá ser denegada si se demuestra que:

  • El progenitor que reclama al menor no ejercía de manera efectiva el derecho de custodia en el momento de la sustracción.
  • Existe un grave riesgo de daño físico o psíquico para el menor en caso de ser devuelto.

Como conclusión: La importancia de actuar rápido y contar con asesoría legal

Ante un caso de sustracción de menores, es fundamental actuar de manera inmediata y contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de familia. Este profesional no solo te guiará en la interposición de las acciones penales, sino que también te asistirá en el inicio del procedimiento civil de restitución, aumentando las posibilidades de recuperar al menor lo antes posible.

Jesús Odériz Echevarría

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