La impugnación de paternidad es el recurso legal que permite anular la filiación con un progenitor. Es decir, ofrece la posibilidad de que se reconozca legalmente que uno de los progenitores no es la madre o el padre biológico.
Técnicamente hablaremos de filiación matrimonial si los progenitores estaban casados, en caso contrario se trata de una filiación no matrimonial. No obstante, ambas tienen los mismos efectos en cuanto a derechos y obligaciones.
En España cuando un hijo nace durante el matrimonio la paternidad del niño nacido se presume y da lugar a una filiación matrimonial. Concretamente el Artículo 116 del Código Civil indica que: «Se presumen hijos del marido los nacidos después de la celebración del matrimonio y antes de los trescientos días siguientes a su disolución o a la separación legal o de hecho de los cónyuges».
En cambio la filiación no matrimonial se determinará legalmente por diversos trámites. Por ejemplo con la declaración conforme del padre en el momento de la inscripción del nacimiento, por el reconocimiento ante el Encargado del Registro Civil, en testamento o en otro documento público, o por sentencia firme.
Ya sea porque nos han confesado la infidelidad o porque el aspecto del niño nos hace sospechar, existe la posibilidad de desvincularse legalmente. De lo contrario estarás en la obligación de velar por el menor y prestarle alimentos.
Nuestra labor como abogados expertos en Impugnación de Paternidad es ofrecer asesoramiento, reunir las pruebas necesarias y presentarlas ante el juzgado. Las pruebas pueden ser por ejemplo testimonios de amigos o familiares, así como pruebas biológicas.
Lo más habitual es que la impugnación la realice un padre o un hijo, aunque también la pueden realizar otras personas con interés legítimo, como pueden ser los herederos, un representante legal o el Ministerio Fiscal por ejemplo.
Es menos frecuente, pero el Artículo 139 del Código Civil también se contempla la posibilidad de que la madre impugne su maternidad.
La mujer podrá ejercitar la acción de impugnación de su maternidad justificando la suposición del parto o no ser cierta la identidad del hijo.
No es raro que tras una separación o divorcio se plantee una impugnación de paternidad. Por parte del padre si tiene sospechas o reconoció a un menor como hijo aun sabiendo que no era el padre biológico. Por parte de la madre si tiene claro que su hijo fue fruto de una infidelidad. Nuestros despacho ha asistido jurídicamente en todo tipo de trámites relacionados con la impugnación de paternidad.
El plazo para impugnar la paternidad va a depender del tipo de filiación.
En caso de filiación matrimonial el marido puede ejercer la acción de impugnación en el plazo de un año desde la inscripción en el Registro Civil o cuando tenga conocimiento de que no es el padre biológico. En caso de que el marido desconozca el nacimiento del menor, el plazo comienza cuando tenga conocimiento. Por ejemplo, si se encontraba residiendo en otro lugar por trabajo, meses más tarde vuelve a casa y se encuentra que tiene un nuevo hijo naturalmente podrá impugnar la paternidad.
Para el hijo el plazo de un año comienza a contar al alcanzar al mayoría de edad. En caso de ser menor de edad o tener la capacidad modificada judicialmente, tanto su madre como un representante legal o el Ministerio Fiscal pueden impugnar la paternidad. Si el hijo desconocía que su progenitor no era su padre biológico, tendrá el plazo de un año para reclamar desde el momento que tenga conocimiento.
En el caso de filiación no matrimonial en lugar de un año, el plazo es de 4 años para ambas partes.
Habrá que tener en cuenta otro tecnicismo legal, nos referimos a la posesión de estado, es decir que haya una relación filial entre progenitor y el hijo. Si no hay una relación paterno-filial la acción de impugnación de paternidad se puede lleva a cabo en cualquier momento.
Si es progenitor, hijo o heredero de alguna de las partes y tiene dudas, póngase en contacto con nosotros hoy mismo. Somos abogados especialistas en Impugnación de Paternidad, tenemos más de 30 años de experiencia en Derecho Civil y de Familia. Resolveremos sus dudas y le ayudaremos a defender sus intereses.
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