Ciberacoso a menores de edad

Ciberacoso a menores de edad

El ciberacoso a menores es una de las amenazas más graves que nos ha tocado vivir en esta época. Las tecnologías ofrecen muchas oportunidades, pero también han abierto la puerta a nuevas formas de violencia que se producen desde la intimidad de una pantalla. Niños y adolescentes están cada vez más expuestos, y muchas familias no saben cómo detectar o actuar ante estas situaciones.

En este artículo vamos a explicar de forma sencilla qué es el ciberacoso, qué tipos existen, cuáles son sus consecuencias y cómo prevenirlo o enfrentarlo desde el punto de vista legal y educativo. Nuestro objetivo es que cualquier adulto pueda entenderlo y tomar medidas.

¿Qué es el ciberacoso?

El ciberacoso es una forma de violencia que se produce mediante el uso de tecnologías. Puede ocurrir en redes sociales, juegos online, aplicaciones de mensajería o plataformas de vídeo. Quien agrede lo hace para humillar, intimidar o dañar psicológicamente a la víctima.

La principal diferencia con el acoso tradicional es que no hay un lugar ni horario concreto. El acoso puede llegar en cualquier momento, incluso cuando el menor está en casa. Y muchas veces, con una audiencia masiva.

Términos que debes conocer

  • Ciberbullying: acoso entre menores mediante mensajes, burlas, amenazas o exclusión social usando internet. Suele ser continuado y tiene graves efectos psicológicos.
  • Grooming: cuando un adulto contacta con un menor por internet fingiendo ser otra persona, con el objetivo de ganarse su confianza para luego abusar sexualmente de él.
  • Sexting no consentido: difusión de fotos o vídeos íntimos de un menor sin su permiso. Aunque las haya compartido de forma voluntaria, el reenvío sin consentimiento es delito.
  • Sextorsión: chantaje a un menor con contenido sexual. El agresor amenaza con difundirlo si no se cumplen sus exigencias, que pueden ser nuevas imágenes o dinero.
  • Happy slapping: grabación y difusión de agresiones físicas, verbales o sexuales contra menores, como forma de humillación y burla.

No se puede bajar la guardia. A medida que la tecnología avanza, también surgen nuevas formas de acoso. Hoy en día, existen amenazas como los deepfakes, que permiten manipular imágenes o vídeos para hacer que un menor parezca hacer o decir algo que nunca hizo. También es cada vez más frecuente la suplantación de identidad, donde alguien crea perfiles falsos con la imagen o información personal del menor para acosarlo o humillarlo.

¿Qué tipos de ciberacoso pueden sufrir los menores?

A continuación presentamos las formas más habituales de ciberacoso que pueden sufrir los menores. Sin embargo, conviene tener presente que la tecnología evoluciona rápidamente, y con ella también las formas de acoso. Por eso es tan importante mantenerse informado y vigilante.

  • Mensajes amenazantes o humillantes: el menor recibe insultos o amenazas por WhatsApp, redes sociales o videojuegos. Esto puede ocurrir a cualquier hora y de forma constante.
  • Suplantación de identidad: alguien se hace pasar por el menor para enviar mensajes ofensivos o comprometedores, dañando su reputación.
  • Difusión de imágenes: se comparten fotos privadas, editadas o no, para burlarse de la víctima o difamarla.
  • Aislamiento social: el menor es excluido de grupos digitales o se anima a otros compañeros a no hablarle ni relacionarse con él.
  • Manipulación emocional: el acosador se gana la confianza del menor y luego lo controla, chantajea o somete psicológicamente.

¿Cómo afecta el ciberacoso a los menores?

El impacto del ciberacoso no se limita a lo digital. Las consecuencias pueden ser devastadoras:

  • Pérdida de autoestima y confianza.
  • Ansiedad, tristeza o insomnio.
  • Aislamiento social o escolar.
  • Bajo rendimiento académico.
  • Trastornos de alimentación o autolesiones.
  • Pensamientos suicidas en casos extremos.

Las consecuencias pueden ser devastadoras, nunca debemos restar importancia por tratarse de algo intangible o que sucede entre menores de edad. El ciberacoso puede sobrepasar a cualquier menor. Como hemos comentado, en casos extremos, el sufrimiento acumulado puede llevarles al límite y hacer que se planteen incluso el suicidio.

Además, el problema no siempre desaparece con el tiempo. Muchas secuelas pueden acompañar al menor durante su adolescencia y vida adulta si no recibe atención psicológica adecuada.

¿Qué pueden hacer los padres o tutores?

El ciberacoso no son «cosas de niños», de hecho cuando se trata de grooming el delincuente es un adulto. Minimizar el problema o esperar a que pase por sí solo puede tener consecuencias graves. Los adultos deben actuar cuanto antes, porque muchas veces los menores no cuentan lo que está ocurriendo hasta que la situación ya es insostenible.

  • Observar cambios de comportamiento: aislamiento, irritabilidad, miedo al usar el móvil o evitar redes sociales.
  • Fomentar la confianza: hablar cada día con los hijos y escuchar sin juzgar les ayuda a expresar lo que les pasa.
  • Supervisar su actividad online: conocer las redes que usan, con quién hablan y qué publican.
  • Establecer normas claras: limitar horarios y enseñarles a usar la tecnología con responsabilidad.
  • Dar ejemplo: los adultos también deben cuidar su comportamiento digital.

¿Cómo prevenir el ciberacoso?

La prevención no es tarea exclusiva de los padres. Todos los adultos que rodean a un menor tienen un papel clave: familia, amigos, profesorado, personal del centro escolar o deportivo. Cuantas más personas estén informadas, más fácil será detectar los primeros indicios y actuar a tiempo para frenar el acoso.

  • Educación emocional: fomentar la empatía, la autoestima y la resolución de conflictos desde la infancia.
  • Privacidad digital: enseñar a proteger datos personales y configurar bien las redes sociales.
  • Uso responsable de internet: evitar aceptar desconocidos o compartir contenido comprometedor.
  • Intervención ante testigos: enseñar a los niños a no ser cómplices ni callar ante el acoso. Apoyar a la víctima y avisar a un adulto.
  • Revisión periódica: usar herramientas de control parental no como castigo, sino como apoyo a la educación digital.

¿Qué hacer si mi hijo o hija sufre ciberacoso?

Como abogados especializados, podemos colaborar activamente con las autoridades para detener el acoso y proteger al menor. Contamos con experiencia en este tipo de casos y sabemos cómo actuar de forma eficaz desde el primer momento.

Ayudamos a las familias a reunir pruebas, presentar la denuncia correctamente y exigir medidas urgentes para salvaguardar los derechos del menor. Si tu hijo está siendo acosado, estas son las recomendaciones básicas:

  • Escuchar y apoyar: creer al menor y evitar culpabilizarlo. Hacerle sentir que no está solo y que hay soluciones.
  • Guardar pruebas: capturas de pantalla, mensajes y enlaces son fundamentales para actuar.
  • Hablar con el centro educativo: si el acoso involucra a compañeros, deben intervenir. Algunos centros ofrecen apoyo psicológico.
  • Buscar ayuda profesional: psicólogos, trabajadores sociales o asociaciones especializadas.
  • Denunciar en redes sociales: reportar los contenidos ofensivos y bloquear al acosador.
  • Acudir a la policía o Fiscalía de Menores: si la situación no mejora, es importante interponer una denuncia formal.

Consecuencias legales del ciberacoso a menores

El Código Penal contempla varios delitos relacionados con el ciberacoso a menores:

  • Grooming: contactar con un menor con fines sexuales se castiga con prisión de 1 a 3 años.
  • Pornografía infantil: producir, compartir o poseer este tipo de contenido tiene graves penas.
  • Amenazas, coacciones y calumnias: también se castigan si se realizan por medios digitales.
  • Sexting no consentido: puede considerarse un delito contra la intimidad.
  • Responsabilidad penal del menor: si el agresor también es menor, puede ser juzgado bajo la Ley Penal del Menor.

La denuncia no solo sirve para castigar al agresor, sino también para proteger al menor y activar medidas legales de alejamiento o apoyo.

La legislación actual tiene actualizaciones recientes que contemplan todos estos delitos, concretamente el Art. 183 del Código Penal:

1. El que a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 181 y 189, siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, será castigado con la pena de uno a tres años de prisión o multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos. Las penas se impondrán en su mitad superior cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño.

2. El que, a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y realice actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor, será castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años.

Consultar Artículo 183 del Código Penal

¿Cómo puede ayudarte un abogado especializado?

El apoyo legal es clave para no enfrentarse solo a estas situaciones. La información y acción temprana pueden marcar la diferencia. Como abogados experto podemos:

  • Asesorarte sobre cómo actuar.
  • Preparar la denuncia.
  • Recoger y presentar pruebas de forma válida.
  • Contactar con las plataformas para retirar contenido.
  • Defender al menor ante el juzgado o fiscalía.
  • Solicitar medidas de protección urgentes.

Preguntas frecuentes sobre el ciberacoso a menores

¿A qué edad puede empezar un menor a sufrir ciberacoso? Desde los 8 o 9 años, incluso antes si tiene acceso a internet. Recuerda que pueden comunicarse a través de juegos como Roblox o Brawl Stars, plataformas como Discord, y en general cualquier juego o aplicación que tenga sistema de chat o mensajería. En España la edad media de exposición a redes sociales se sitúa entre los 10 y 12 años.

¿Qué diferencia hay entre una broma pesada y ciberacoso? Si la conducta es reiterada, busca humillar o hace que el menor se sienta mal, ya no es una broma. Es acoso.

¿Se puede denunciar aunque no sepamos quién es el agresor? Sí. La policía cuenta con unidades especializadas en delitos tecnológicos que pueden rastrear el origen de los ataques.

¿El colegio tiene responsabilidad si el ciberacoso ocurre fuera del aula? Sí, si los implicados son alumnos. El centro debe intervenir, ofrecer apoyo y prevenir nuevas agresiones.

¿Es delito difundir imágenes íntimas de un menor aunque él las haya enviado? Sí. Compartir ese contenido sin consentimiento es un delito grave que puede tener consecuencias penales.

¿Qué pasa si el agresor también es menor de edad? Puede ser juzgado bajo la Ley Penal del Menor. También pueden imponerse medidas educativas, alejamiento o terapia obligatoria.

El ciberacoso a menores es real y puede tener consecuencias muy graves. Pero también es evitable si educamos en el uso responsable de la tecnología, fomentamos relaciones sanas y sabemos actuar con rapidez.

Si sospechas que tu hijo está siendo víctima, no dudes en buscar ayuda. En nuestro despacho podemos orientarte legalmente, ayudarte a presentar una denuncia y proteger el bienestar de tu familia.

Jesús Odériz Echevarría

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